El Código de Ética de IRATA establece y define las normas de comportamiento y conducta ejemplares requeridas de la Junta Directiva de IRATA International, sus subcomités, miembros, su personal y representantes.
El Código de Ética:
• Mantener fielmente los valores y principios de IRATA de acuerdo con la política y los documentos de gestión de la organización.
• Mantener en confidencialidad toda información personal obtenida o generada durante la gestión de sus actividades, excepto cuando lo requiera la ley u otra persona autorizada.
• Realizar acciones en toda situación con integridad y ética.
• Respetar la dignidad personal y profesional de empleados, colegas y demás personas o entidades con las que trata.
• Actuar con imparcialidad en relación a los solicitantes, candidatos, personas certificadas y organizaciones miembro, y aplicar políticas y procedimientos justos.
• Respetar los requisitos legales y reglamentarios.
• Respetar y aplicar debidamente las leyes, reglamentos, reglas técnicas y normas profesionales aceptadas, y no aceptar contratos o instrucciones incompatibles con dichas reglas.
• No consentir ninguna forma de discriminación o coerción.
• No participar ni dar lugar a ningún conflicto de interese que pudiere desacreditar a la organización o sus actividades.
• No practicar ni consentir ninguna actividad ilegal, injusta o deshonesta.
• No permitir que se limite la certificación por motivos comerciales o financieros injustificados ni por ninguna otra condición restrictiva o presión injustificada que pudiese afectar la imparcialidad.
• No permitir que la política o el procedimiento beneficie o perjudique de manera injusta a un grupo.
• No ofrecer trabajo, reclutar o contratar personal de IRATA International u otros miembros de IRATA para inducirlos a ingresar su propio servicio.
• No actuar para dañar la reputación profesional de otro miembro, empresa u organización miembro.
• No realizar quejas exageradas o injustificadas.
• No utilizar la propiedad intelectual adquirida gracias a IRATA International, otro miembro, empresa u organización miembro sin contar con autorización expresa.
(Ref: QP-183ENG;v003)